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  • ¿Quieres vender tu vivienda habitual? Perfecto.
  • alquiler habitaciones alquilo inmobiliaria aranda gestoria asesoria casa apartamentoAdemás ¿quieres acogerte a alguna exención fiscal? Óptimo.
  • Pero... ¿has tenido o tienes alguna habitación alquilada? Aquí es cuando empezamos a hablar... 

Consideraciones a tener en cuenta si has alquilado o estás alquilando alguna habitación de tu vivienda habitual, para poder venderla y disfrutar de las exenciones fiscales oportunas: lo que te permite la ley actualmente es lo siguiente ▼

La ley regula dos exenciones en el caso genérico de la venta de tu vivienda habitual:

  1. Si has cumplido los 65 años, en cuyo caso la ganancia estará exenta.
  2. Si reinviertes el importe obtenido por la transmisión en la adquisición de una nueva vivienda habitual.

♦ Pero ¿qué ocurre si en algún momento (dentro de los tres años anteriores a la venta) has alquilado alguna de las habitaciones de tu vivienda?

Pues sí, efectivamente: en este caso, la exención puede verse reducida. ¿De qué manera?

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En los últimos años, muchos tribunales han establecido que es nula la cláusula que aparece en muchos préstamos hipotecarios por la que se obliga al consumidor a pagar los gastos de formalización de la hipoteca. Dichas sentencias consideran que es la entidad financiera la obligada a asumir dichos costes, incluido el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.Hipoteca Gastos Juridicos Documentados AJD Gestoria Asesoria Aranda

¿Qué es el AJD o Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados?

El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (también conocido como AJD) es un tributo de naturaleza indirecta que está regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993 (artículos 27 al 44). Forma parte del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y, aunque no es exclusivo de las hipotecas, es al comprar una vivienda cuando muchos prestatarios o hipotecados entran en contacto con él.

Jurisprudencia basada en el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados

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