Si tienes un plan de pensiones, a partir de 2025 podrás recuperar las aportaciones de más de 10 años de antigüedad sin límite alguno.
En 2015 hubo un cambio legal por el cual se flexibilizó el rescate de los derechos consolidados de planes de pensiones (es decir, las aportaciones realizadas más los rendimientos correspondientes). En concreto, se estableció la posibilidad de realizar dicho rescate transcurridos diez años desde cada aportación, en los siguientes términos:
- Los derechos consolidados por aportaciones realizadas hasta 2015 podrán retirarse a partir de 2025.
- Los derechos derivados de aportaciones efectuadas a partir de 2016 podrán retirarse transcurridos diez años desde la aportación.
¿Y actualmente, qué límite está establecido para el cobro de estas aportaciones a tu plan de pensiones?
No obstante, al aprobarse dicho cambio, quedó pendiente de determinar si se establecería alguna limitación en cuanto a las cantidades que podrían retirarse cada año. Pues bien, recientemente ha sido aprobada la norma que regula dicho aspecto, y se ha establecido que el cobro de derechos consolidados no tendrá límite alguno. Así pues, tendrás plena libertad para recuperar dichas aportaciones: podrás hacerlo de golpe en un mismo ejercicio, en varios años, cobrar una parte en un ejercicio y dejar el resto para la jubilación.
Para la planificación de los cobros consulta con un profesional.
Si a partir de 2025 decides recuperar las aportaciones de más de diez años de las que estamos hablando, planifica su cobro para tributar menos. Dependiendo del resto de tus rentas, te interesará cobrarlo en varias veces o de golpe.
Si te interesa, nosotros te gestionamos la tributación de tu plan de pensiones en nuestra asesoría de Aranda de Duero (Burgos): 947 51 23 85 / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.