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HIPOTECA gastos formalizacion escrituras asesoria gestoria arandaUna reciente sentencia del Tribunal Supremo ha abierto la posibilidad de que los solicitantes de hipotecas reclamen a su banco la devolución de los gastos que asumieron al recibirla.

Tribunal Supremo, sentencia de 23 de diciembre de 2015.

Si no era suficiente con la consideración de nulidad de las “cláusulas suelo” que figuraban en las escrituras de préstamos hipotecarios, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha abierto una nueva posibilidad de reclamación a la que las entidades bancarias deberán hacer frente.

Esta sentencia considera que también es nula la cláusula que impone al consumidor el pago de todos los gastos relacionados con la escritura de formalización de la hipoteca. Nos estamos refiriendo a los siguientes gastos:

  • Notario.
  • Registro de la Propiedad.
  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

Dicha sentencia argumenta que los gastos de Notario y Registro de la Propiedad, ocasionan en el deudor un desequilibrio relevante, por cuanto la garantía se constituye “a favor del banco y es éste quien debe asumir los costes de aquello que le beneficia”, por ello concluye que esta cláusula es abusiva y contraria a la normativa que protege a los consumidores.

¿Cómo reclamar la devolución de estos gastos derivados de la escritura de la hipoteca?

Nuestro consejo, y dado que habrá que esperar a que se unifique la jurisprudencia, es acudir al “Defensor del Cliente” de su banco alegando la sentencia indicada y solicitando su devolución.

Otra opción es acudir al Banco de España, y si aun así no le reintegran los gastos, tendrá que acudir a los tribunales.

¿Qué plazo hay para solicitar la nulidad de la cláusula y reclamar la restitución de las cantidades pagadas?

  • Plazo para hipotecas que se encuentran todavía vigentes: cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo (es decir, dicho plazo finalizará el 24 de diciembre de 2019).
  • Plazo para hipotecas que hayan sido totalmente abonadas: se podrá proceder a la reclamación, si su total pago se hizo dentro del plazo de los cuatro años anteriores al 23 de Diciembre de 2015 (fecha de la sentencia).

Si puede ser tu caso y necesitas que te lo gestionemos, contacta con nuestra asesoría / gestoría en Aranda de Duero: 947512385 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.