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Como bien sabes, próximamente se van a celebrar elecciones en nuestro país:

  • Elecciones generales: domingo 28 de abril de 2019.
  • Elecciones municipales, autonómicas y europeas: domingo 26 de mayo de 2019.

Arranz de Blas Asesoria Gestoria Aranda Elecciones permisos laborales¿Cómo afecta este asunto a los trabajadores, a efectos de permisos laborales?

Existen permisos para que los trabajadores puedan ejercitar su derecho al voto o para cumplir los deberes de participación en la administración y control del proceso electoral. Estos permisos están clasificados en:

1. Permisos para ejercer el derecho al voto:

A pesar de celebrar nuestras elecciones en domingo, hay muchos trabajadores que ese día deben cumplir con sus obligaciones laborales. Por ley, el trabajador dispone de hasta cuatro horas libres y retribuidas para votar. Este permiso se reduce de forma proporcional si están contratados a tiempo parcial.

Incidimos: el permiso es retribuido, por lo que no implica para el trabajador la pérdida del derecho al salario correspondiente al tiempo de ausencia.

2. Miembros de mesa electoral:

Si alguno de sus empleados es presidente, vocal de mesa o interventor, tiene derecho a una reducción de jornada de cinco horas durante el día posterior a las elecciones. Y si el día de las elecciones es laborable en su empresa, también tiene derecho a un permiso retribuido durante todo ese día.

3. Apoderados:

Son los representates de cada candidatura. Por su lado, no tienen derecho a la reducción de jornada el día posterior, pero sí tienen permiso retribuido el día de las elecciones si se trata de un día laborable en su empresa.

Recuerda: si no vas a estar esos días en el lugar de empadronamiento donde vas a votar, puedes pedir tu voto por correo con antelación.

Y ahora, ¡todos a ejercer nuestro derecho de votar!

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El 7 de marzo se publicó el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, que incluye la modificación de la baja paternal.

¿Cómo es el nuevo permiso de paternidad?

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El día 1 de marzo se aprobó la ampliación del permiso de paternidad, pero no ha sido hasta el 7 de marzo cuando ha sido publicada esta medida en el BOE.

La nueva norma contempla una ampliación del permiso de paternidad durante 2019 de 8 semanas. La baja paternal pasaría a tener 3 semanas más.

Aunque este cambio no se aplicará con carácter general a todos los trabajadores que hayan sido padres este año, sólo podrán disfrutarlo aquellos cuyo nacimiento del bebe haya tenido lugar a partir del 1 de abril, fecha de entrada en vigor.

En un principio se pensaba que iba a poder aplicarse también para los nacimientos de marzo, pero el Gobierno ha estimado oportuno incluir ese periodo de adaptación de un mes para que las empresas puedan adaptarse.

En el mismo RDL se prevé una nueva ampliación del permiso de paternidad, que pasaría a ser de 12 semanas, a partir del 1 de enero de 2020.

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