Entra el otoño y, con él, la opción de cambiar las bases de cotización semestral y coberturas.
♦ BASES DE COTIZACIÓN RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS:
El régimen de autónomos permite cambiar un máximo de dos veces al año las bases de cotización de cada semestre. A partir de ahora, los autónomos que quieran modificar sus bases de cotización tienen que realizar la solicitud de cambio de base dentro del siguiente periodo:
* Hasta el 31 de octubre, para que el cambio tenga efectos el 1 de enero.
♦ COBERTURA DE ACCIDENTE DE TRABAJO (AT) Y PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD (CATA):
Por otro lado, los autónomos que deseen optar por la cobertura de Accidente de Trabajo y / o por la Protección por Cese de Actividad, tienen que solicitar la inclusión de las contingencias profesionales o / y acogerse a la protección por cese de actividad. La fecha límite de presentación de las solicitudes de AT (ACCIDENTE de TRABAJO) y CATA (CESE de ACTIVIDAD de los Trabajadores Autónomos) en Tesorería es el 30 de septiembre de cada anualidad, y el efecto de inicio de la cobertura será a partir del 1 de enero siguiente.
♦ MUTUA DE COBERTURA:
Por otro lado, también es posible solicitar la variación de la Mutua de Cobertura para el próximo año.
¿Necesitas que te gestionemos estos cambios? Contáctanos en nuestra asesoría / gestoría en Aranda de Duero: 947512385 / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.