Si su empresa es subcontratada para ejecutar obras de albañilería, electricidad, fontanería, etc, en inmuebles que se están construyendo o rehabilitando y como no repercute IVA (así lo prevé la norma desde hace algún tiempo), suele mantener un buen importe de dicho impuesto a su favor, que recupera a final de cada año.
Ahora es el momento de decidir… pues existe la posibilidad de que Hacienda le devuelva cada mes el saldo de IVA a su favor que se haya generado.
¿Cómo lo debo hacer?
- Para ello debe inscribirse en el Registro de devolución mensual de IVA (REDEME) durante el próximo mes de noviembre, con efectos a partir de enero de 2016. También puede solicitar la inscripción durante el plazo de presentación de la próxima declaración de IVA (del 1 al 20 de octubre), con efectos a partir del próximo mes de octubre.
- Aunque deberá presentar sus declaraciones cada mes, evitará el coste financiero derivado de la demora en obtener la devolución.
Con esta recomendación, no tendrá que esperar a la última declaración del año para solicitar la devolución.