Estamos inmersos en plena campaña de la DECLARACIÓN DE LA RENTA 2016, pero no nos debemos olvidar que sigue la obligación de presentar declaración por el IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 2016.
¿Quiénes están OBLIGADOS a la presentación del impuesto sobre el Patrimonio 2016?
Están obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio del año 2016 los sujetos pasivos (personas físicas por obligación personal o real) en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Su cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras de este impuesto, y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar.
2. Cuando, no dándose la anterior circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 2.000.000 de euros. A efectos de la aplicación de este segundo límite, deberán tenerse en cuenta todos los bienes y derechos del sujeto pasivo, estén o no exentos del impuesto, computados sin considerar las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.
♦ Las personas fallecidas en el año 2016 en cualquier día anterior al 31 de diciembre, no tienen obligación de declarar por este impuesto.